Como se explica ampliamente en el capítulo siguiente, se detalla en el mismo cómo debe ser el Sistema de Gestión de Prevención y por extensión a lo largo
de todo el documento, la responsabilidad del funcionamiento de la implantación
de un SGPRL la tiene la Dirección mediante el establecimiento de los plazos de revisión y evaluación para conseguir el objetivo final que es la correcta implantación de la Política y los Objetivos fijados en los apartados correspondientes de la norma.
La Norma en este aspecto es muy clara quiere que la revisión del SGPRL esté documentada aunque sea a través de actas donde se indiquen los temas tratados y las decisiones de la Dirección ante las deficiencias detectadas:
Se contemplarán la adaptación de la empresa a la política y los objetivos definidos y marcados, mecanismos de medición y control de riesgos, revisión y eficacia de los procesos de comunicación de peligros, datos sobre siniestrabilidad.
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