La respuesta a un tren de ondas para sonómetros que miden los niveles de sonido con las ponderaciones temporales F y S se debe someter a ensayo utilizando señales eléctricas sinusoidales de 4 kHz en el rango de niveles de referencia.
9.12.2 Los ensayos de la respuesta a un tren de ondas deben comenzar con una señal continua aplicada al sonómetro ajustado para la ponderación frecuencial A. Con la ponderación temporal F, la señal de entrada se debe ajustar para indicar que es 3 dB inferior al límite superior especificado para el rango de funcionamiento lineal. Se debe registrar la indicación del nivel de sonido con la ponderación temporal F. El proceso se debe repetir para obtener la misma indicación para el nivel de sonido con ponderación temporal S, si es aplicable.
9.12.3 Los trenes de ondas, extraídos de la señal continua, se deben aplicar a continuación para todas las duraciones de trenes de ondas indicados en la tabla 3 de la Norma NB 25004-1 para las ponderaciones temporales F y S, si es aplicable. Se deben registrar las indicaciones de los niveles de sonido máximos en respuesta a los trenes de ondas.
9.12.4 Los ensayos de la respuesta a un tren de ondas se deben repetir con el nivel indicado de la señal continua reducida en saltos de 20 dB, empezando desde la indicación establecida en el apartado 9.12.2. Los saltos de 20 dB se deben repetir hasta que el último salto indique un nivel de sonido menor que 20 dB por encima del límite inferior especificado para el rango de funcionamiento lineal. Las respuestas a un tren de ondas también se deben medir para una señal continua que produce una
indicación que es 10 dB mayor que el límite inferior especificado para el rango de funcionamiento lineal.
En cada salto, se deben registrar las indicaciones del nivel de sonido con ponderación temporal F y con ponderación temporal S de la señal continua y las indicaciones correspondientes de los niveles de sonido máximos con ponderación temporal F y con ponderación temporal S para los trenes de ondas. En cada salto se comprobarán las respuestas a los trenes de ondas para todas las duraciones de
aquéllos indicadas en la tabla 3 de la Norma NB 25004-1 para las que se indican los niveles de sonido máximos con ponderación temporal F y con ponderación temporal S.
9.12.5 Los ensayos de la respuesta a trenes de ondas también se deben realizar con el nivel indicado de la señal continua aumentada, en saltos de 1 dB por encima del nivel de señal establecido en el apartado 9.12.2, hasta la primera indicación de sobrecarga. Las duraciones de los trenes de ondas deben ser las duraciones más cortas aplicables de la tabla 3 de la Norma NB 25004-1 para las ponderaciones temporales F y S.
9.12.6 Las mediciones de las respuestas a trenes de ondas se deben calcular a partir de los niveles de sonido máximos con la ponderación temporal F y con la ponderación temporal S indicados para las señales de los trenes de ondas menos los niveles de sonido con la ponderación temporal F y con la ponderación temporal S indicados para las señales continuas correspondientes.
9.12.7 Las desviaciones entre las respuestas a trenes de ondas medidos y las respuestas a los trenes de ondas de referencia correspondientes dados en la tabla 3 de la Norma NB 25004-1 se deben ampliar por medio de las incertidumbres expandidas de medida reales. Cada desviación extendida se debe situar dentro de los límites de tolerancia aplicables dados en la tabla 3 de la Norma NB 25004-1 siempre que las respuestas a los trenes de ondas se puedan observar en el dispositivo de presentación de resultados con indicaciones que sean al menos 16 dB mayores que el nivel del ruido intrínseco con ponderación A, mayor anticipado especificado en el manual de instrucciones.
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