martes, 12 de agosto de 2008

Seguimiento y medición del comportamiento

En este apartado de la norma se describen dos puntos totalmente diferenciados:



1. Procedimientos para controlar periódicamente regular el comportamiento del SSL.
2. Procedimientos para la calibración y mantenimiento de los equipos que nos van a permitir la medición y utilizados para la realización del seguimiento.




En cuanto al primer punto se deben de diseñar entre en equipo de dirección los parámetros que nos permitan la obtención de información acerca del comportamiento del sistema y realizar su seguimiento.


Se pueden establecer parámetros que midan:



 El cumplimiento de los objetivos establecidos.

 El cumplimiento de la legislación vigente.

 El nivel de siniestrabilidad de la empresa (accidentes e incidentes).

 Los niveles de seguridad de los equipo de trabajo existentes (máquinas e instalaciones).
 Comportamiento y respuesta de los trabajadores en cuanto a su comportamiento en materia de seguridad.




Se debe tener en cuenta en la realización de este Programa de Seguimiento qué puntos se inspeccionarán, con qué periodicidad, dónde, responsabilidades, documentación a aportar.


Cuando se detecte cualquier deficiencia o un fallo detectado por los parámetros establecidos se deben de poner en marcha los mecanismos suficientes para su corrección inmediata marcado por el propio proceso ya marcado de mejora continua.


En el Real Decreto 2/2000 acerca de las infracciones o sanciones se consideran como graves aquellos lugares donde no existan evaluaciones de riesgos así como controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de trabajo conforme a la LPRL.


Respecto al segundo punto Los equipos encargados de realizar las mediciones de los parámetros críticos deben estar calibrados por entidades reconocidas así como el establecer criterios estrictos de aceptabilidad para parámetros críticos dentro de los procedimientos, así como los requisitos de mantenimiento de los equipos.

A modo de ejemplo se podrían evaluar:



 Señalizaciones de Obligatoriedad de uso de EPI´s, horizontales y verticales.
 Orden y limpieza en el puesto de trabajo.

 Estado de los equipos de trabajo incluidas instalaciones.
 Iluminación y niveles acústicos.

 Equipos de emergencia. Vías y salidas de evacuación.
 Equipos de primeros auxilios.



Todo ello firmado por el responsable asignado por el empresario o la Dirección

de la empresa y supervisado por la alta dirección o el empresario en pequeñas empresas.


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