martes, 30 de junio de 2015

IBNORCA EN BOLIVIA (I)

El Instituto Boliviano de Normalización y Calidad - IBNORCA, es una asociación privada sin fines de lucro, creada mediante Decreto Supremo Nº 23489 del 29 de abril de 1993 y fundada el 5 de mayo de 1993. La competencia definitiva de sus actividades, le confiere el Decreto Supremo Nº 24498 del 17 de febrero de 1997, con el cual se crea el Sistema Boliviano de Normalización, Metrología, Acreditación y Certificación - SNMAC. IBNORCA tiene a su cargo dos pilares fundamentales de la calidad:
 Normalización Técnica
 Certificación de Calidad

lunes, 29 de junio de 2015

IBNORCA FORMAS DE PAGO

El cliente puede elegir entre las diferentes formas de pago:
 Transferencia bancaria, a las cuentas de IBNORCA en el Banco BISA:
 Nº 0131672012, en Dólares Estadounidenses ó
 Nº 0131670010, en Bolivianos, enviando una copia de la boleta de depósito vía fax, aclarando el concepto del mismo; en el caso del interior del país podrá consultar el número de cuenta en cada Regional
 Cheque bancario a nombre de IBNORCA
 Efectivo, en la oficina donde se realice la compra.

domingo, 28 de junio de 2015

IBNORCA CÓMO ADQUIRIR UN DOCUMENTO NORMATIVO

Si desea adquirir cualquier norma nacional o internacional distribuida por IBNORCA podrá hacerlo sencillamente:
 Dirigiéndose a la Normateca de IBNORCA, que se encuentra en nuestras oficinas ubicadas en la Calle 7 Nº 745 - Obrajes. El horario de atención es de lunes a viernes de 08:30 a 16:30.
 Los clientes del interior pueden hacer sus pedidos con nuestros representantes regionales en las ciudades de Santa Cruz, Cochabamba, Sucre, Tarija y Oruro o comunicándose
directamente con nuestra oficina central.
 Nuestras direcciones en el interior del país son:
- Santa Cruz: Av. Virgen de Cotoca N° 3876 (esquina Tercer Anillo externo)
- Cochabamba: Av. Gabriel René Moreno N° 1116 (entre Casto Roja y Parque Demetrio Canelas)
- Oruro: Calle Potosí esq. Calle Adolfo Mier N° 1495
- Sucre: Calle España N° 130
- Tarija. Calle Bolívar N° 233
También, puede realizar su pedido enviando su solicitud por correo a la Casilla Nº 5034, al fax Nº (591-2) 2788609 o al E-mail: info@ibnorca.org

sábado, 27 de junio de 2015

IBNORCA El Catálogo 2015 de normas NB, contiene la relación de documentos normativos vigentes a la fecha.

El catálogo de normas se publica anualmente y cada nueva edición sustituye a la del año anterior, revisándose y actualizándose en su totalidad, por lo que es muy importante que sus
usuarios utilicen la versión más reciente.
Sin embargo, con el propósito de mantener informados a nuestros usuarios, se realizan actualizaciones mensuales en la medida en que se aprueban los documentos normativos, para que con toda la información generada durante la gestión, se publique el catálogo anual.
Para facilitar la búsqueda de información, este catálogo se encuentra dividido en tres secciones que permiten ubicar las normas, ya sea por tema general (de acuerdo con los sectores y comités), por orden numérico que permite verificar la vigencia de las normas o por adopción de normas internacionales. También se puede encontrar una sección con todas las normas anuladas y/o reemplazadas.

viernes, 26 de junio de 2015

DOCUMENTACIÓN (VII)

t) cuando los resultados de los ensayos periódicos para un sonómetro no son satisfactorios para la clase de funcionamiento designada, una declaración como sigue:
“El sonómetro presentado para la verificación periódica no completó satisfactoriamente los ensayos para la clase Y de la norma NB 25004-3. El sonómetro no es conforme con los requisitos de la NB 25004-1”. Además, la documentación debe indicar que ensayos no fueron completados satisfactoriamente y las razones de ello.
NOTA
Ejemplos de las razones por los que los ensayos no fueron completados satisfactoriamente pueden ser “Los errores de la linealidad de nivel sobrepasaron los límites de tolerancia aplicables” o “Las desviaciones respecto a los objetivos de diseño de las indicaciones de los niveles de sonido con ponderación C de pico sobrepasaron los límites de tolerancia aplicables”, En lo anterior, substituir clase Y por clase 1 o clase 2, según sea apropiado.

jueves, 25 de junio de 2015

DOCUMENTACIÓN (VI)

r) cuando había evidencia pública disponible para mostrar que se habían realizado los ensayos de evaluación de modelo de acuerdo con la norma NB 25004-2 para demostrar que el sonómetro era conforme con todos los requisitos aplicables de la norma NB 25004-1 y los resultados de los ensayos de acuerdo con esta parte de la norma eran satisfactorios, una declaración como sigue:
“El sonómetro presentado para la verificación periódica ha completado satisfactoriamente los ensayos periódicos para la clase Y de la norma NB 25004-3, para las condiciones ambientales bajo las que se realizaron los ensayos. Como había disponible evidencia pública, procedente de una organización de ensayo independiente responsable de aprobar los resultados de los ensayos de evaluación de modelo realizados de acuerdo con la norma NB 25004-2, para demostrar que el modelo de sonómetro era completamente conforme con los requisitos de la norma NB 25004-1, el sonómetro presentado a verificación es conforme con los requisitos de la clase Y de la norma NB 25004-1”;
s) cuando no hay disponible evidencia pública para mostrar que los ensayos de evaluación de modelo se han realizado de acuerdo con la norma NB 25004-2 para demostrar que el modelo de sonómetro es conforme con todos los requisititos aplicables de la norma NB 25004-1, y los resultados de todos los ensayos periódicos de acuerdo con esta parte de la norma fueron satisfactorios, una declaración como sigue:
“El sonómetro presentado para la verificación periódica ha completado satisfactoriamente los ensayos periódicos para la clase Y de la norma NB 25004-3, para las condiciones ambientales bajo las que se realizaron los ensayos. Sin embargo, no puede hacerse una declaración general o extraerse una conclusión general sobre la conformidad del sonómetro con los requisitos completos de la norma NB 25004-1 porque no había evidencia disponible públicamente, procedente de una organización de ensayo independiente responsable de la evaluación de modelos, para demostrar que el modelo de sonómetro era completamente conforme con los requisitos de la norma NB 25004-1, y porque los ensayos periódicos de la norma NB 25004-3 cubren únicamente una conjunto limitado de las especificaciones de la norma NB 25004-1”;

miércoles, 24 de junio de 2015

DOCUMENTACIÓN (V)

p) de la aplicación del calibrador acústico, las indicaciones inicial y ajustada del sonómetro a la frecuencia de comprobación de la calibración, y la referencia del certificado de calibración del calibrador, si está disponible;
q) para el rango de niveles más sensible, el nivel con ponderación frecuencial A del ruido intrínseco con el micrófono instalado y los niveles ponderados en frecuencia del ruido
intrínseco medidos con el micrófono reemplazado por el dispositivo de entrada de señal eléctrica. Según sea aplicable, la documentación debe registrar cualquier nivel de ruido intrínseco medido que sobrepase el nivel más alto de ruido intrínseco previsto en el manual de instrucciones;

martes, 23 de junio de 2015

DOCUMENTACIÓN (IV)

m) una declaración sobre la frecuencia de comprobación de la calibración, el nivel de presión acústica de referencia y el rango de niveles de referencia para el sonómetro;
n) una descripción de la configuración del sonómetro durante los ensayos incluyendo cualquier cable de conexión que fuera suministrado para el funcionamiento del sonómetro;
o) la presión estática, la temperatura y la humedad relativa medidas al inicio y al final de los ensayos;
NOTA
Cuando se han realizado medidas adicionales de la presión estática, de la temperatura del aire y de la humedad relativa, el rango de los valores medidos debería indicarse también.

lunes, 22 de junio de 2015

DOCUMENTACIÓN (III)

j) el nombre del fabricante o suministrador, la denominación del modelo y el número de serie del calibrador acústico, junto con los detalles de cualquier adaptador utilizado;
k) una descripción de las fuentes de los datos utilizados para ajustar los niveles del sonómetro indicados en respuesta a la aplicación de un calibrador acústico multifrecuencia o de un actuador electrostático a los niveles de sonido equivalentes a los que se obtendrían en respuesta a ondas acústicas progresivas planas;
l) cuando las incertidumbres de medida requeridas por el apartado 11.7 no estén disponibles, una declaración como sigue:
“La información sobre la incertidumbre de medida de los datos de ajuste, requerida por el apartado 11.7 de la norma NB 25004-3, dada en el manual de instrucciones u obtenida del
fabricante o suministrador del sonómetro, o del fabricante o suministrador del micrófono, o del fabricante o suministrador del calibrador acústico multifrecuencia, o del fabricante o suministrador del actuador electrostático (táchese lo que proceda) no estaba publicada en el manual de instrucciones ni estaba disponible por medio del fabricante o suministrador. Por lo tanto, se ha asumido que la incertidumbre de medida de los datos de ajuste era numéricamente igual a cero para los propósitos de este ensayo periódico. Si estas incertidumbres no son realmente igual a cero, hay una posibilidad de que la respuesta en frecuencia del sonómetro pueda no ser conforme con los requisitos de la norma NB 25004 -1”;

domingo, 21 de junio de 2015

DOCUMENTACIÓN (II)

d) el nombre y la localización del laboratorio que ha realizado los ensayos periódicos;
e) el nombre del fabricante o suministrador, la denominación del modelo, el número de serie y la clase de funcionamiento del sonómetro y, si es aplicable, la versión del software de funcionamiento interno cargado en el sonómetro;
f) el nombre del fabricante o suministrador, la denominación del modelo y el número de serie del micrófono, si es separable;
g) el nombre del fabricante o suministrador, la denominación del modelo y cualquier identificación específica del preamplificador, si es separable;
h) si el sonómetro es un dispositivo multicanal, una señalización de que canales se seleccionaron para los ensayos;
i) una descripción específica del manual de instrucciones relativo al sonómetro incluyendo, según sea aplicable, la fecha de publicación y el número de versión; para manuales de instrucciones descargados desde un sitio de Internet, la fecha de la descarga así como cualquier información descriptiva específica;

sábado, 20 de junio de 2015

DOCUMENTACIÓN (I)

La extensión y el contenido de la documentación proporcionada por el laboratorio de ensayo pueden variar respecto a los puntos listados a continuación dependiendo de las regulaciones nacionales. Sin embargo, tras completar la verificación periódica, la documentación debe contener al menos la siguiente información, según sea aplicable:
a) la(s) fecha(s) cuando se realizaron los ensayos periódicos;
b) una declaración como sigue: “Los procedimientos de la norma NB 25004-3 se utilizaron para la realización de los ensayos periódicos”;
c) una declaración y la referencia respecto a la disponibilidad publica de evidencia, procedente de una organización de ensayo independiente responsable de las evaluaciones de modelo, que demuestre que el modelo de sonómetro presentado a la verificación periódica completó satisfactoriamente los ensayos de evaluación de modelo aplicables de la
norma NB 25004-2;

viernes, 19 de junio de 2015

INDICACIÓN DE SOBRECARGA (III)

NOTA
Los niveles relativos de las señales de entrada de un semiciclo pueden determinarse a partir del ajuste de un atenuador de entrada.
18.4 La diferencia entre los niveles de las señales de entrada de semiciclo positivo y negativo que producen la primera indicación de sobrecarga, extendida con la incertidumbre expandida de medida real, no debe superar los límites de tolerancia del apartado 5.10.3 de la Norma IEC 61672-1:2002.
18.5 Debe verificarse que el indicador de sobrecarga se engancha según se especifica en el apartado 5.10.5 de la Norma IEC 61672-1:2002 cuando se produce una condición de sobrecarga.

jueves, 18 de junio de 2015

INDICACIÓN DE SOBRECARGA (II)

El ensayo debe comenzar a un nivel promediado en el tiempo indicado de la señal continua que corresponde a 1 dB menos que el límite superior especificado para el rango lineal de funcionamiento a 4 kHz. El nivel de la señal de entrada de semiciclo positivo, extraída de la señal continua, debe aumentarse en saltos de 0,5 dB hasta, pero sin incluirla, la primera indicación de sobrecarga. El nivel de las señales de entrada debe entonces aumentarse en saltos de 0,1 dB hasta la primera indicación de sobrecarga. El proceso debe repetirse para la señal de semiciclo negativo. Los niveles de las señales de entrada de semiciclo que producen la primera indicación de sobrecarga deben anotarse hasta la décima
de decibelio.