jueves, 8 de mayo de 2008

Documentación y control de los documentos y datos

A pesar que los puntos 4.6, 4.6.1 y 4.6.2 (UNE) especifican la necesidad de manual de seguridad (que no es exigido por la BS) y de procedimientos (que en ningún momento son exigidos por la BS), incluso la norma UNE indica mediante
la expresión al menos, una serie de dichos procedimientos. También la OIT recomienda, en sentido general, que la documentación debería comprender la política y los objetivos, las principales funciones y responsabilidades, los peligros
y riesgos, así como las disposiciones para su prevención y control, y las disposiciones, procedimientos, instrucciones y otros documentos del SGSST.

El punto 4.4.4 (OHSAS) es mucho más escueto y claramente advierte que:

Es importante que se mantenga la mínima documentación que se requiera para ser efectiva y eficiente, aunque debe ser la necesaria.



En cualquier caso en dicho punto se habla de la obligación de establecer y

mantener, en papel o formato electrónico, la información que describa los elementos básicos del sistema y su interrelación y que oriente sobre la documentación de referencia, aunque no habla de manual.


Se podría establecer como entrada la documentación y datos necesarios para el adecuado funcionamiento del sistema, las responsabilidades y funciones. La organización debe establecer una sistemática para la localización e identificación, exámenes periódicos, revisión cua ndo sea necesaria, aprobación por personal autorizado, puesta a disposición de quien la necesite, retirada de obsoletos, etc..


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